Por los razonamientos que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara en situación de flagrancia la aprehensión del imputado HEDIBERTO DURAN CERRADA, por estar llenos los extremos de los artículos 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Comparte la precalificación jurídica presentada por el Ministerio Público, en cuanto a que la conducta desplegada por el hoy aprehendido de autos, es la desplegada para la configuración del tipo penal de ULTRAJA AL FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 223 del Código Penal Venezolano Vigente TERCERO: Se autoriza al Fiscal del Ministerio Público a prescindir de la acción penal de acuerdo a lo establecido en el artículo 37.1 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto la acción de.....