PRIMERO: En fecha 15 de Agosto del año 207 oportunidad en la que se fundamentó la decisión en virtud de la cual se decretaba al imputado de autos ciudadano ROBIS ANTONIO ANGULO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.077.066, domiciliado en San Jacinto, Sector El Pumaroso, El Sanjón, casa s/n, cerca de la Bodega del Señor Antonio, Medida Privativa Judicial de libertad por la presunta comisión de uno de los delitos contra las personas HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio del hoy occiso NESTOR ENRIQUE RIVAS SANCHEZ, quién en la actualidad se encuentra recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Mérida folios 206 al 214
SEGUNDO: En tal razón, consideró la representante de la Defensa las razones esgrimidas en el numeral anterior suficientes para solicitar cambiar la Medida acordada, por una menos gravosa y de posible cumplimiento
En cons.....