Decisión
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 51 y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 48 del Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, este Tribunal, a los fines de salvaguardar el derecho constitucional de la propiedad, decide: PRIMERO: La entrega Plena al ciudadano GIONANNY ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 11.466.106, domiciliado en la calle la Florida, casa N° 24, frente a Residencias la Alameda, Ejido estado Mérida; del vehículo: MARCA CHEVROLET, MODELO MALIBU, AÑO 1979, COLOR: BLANCO, CLASE: AUTOMOVIL, PLACA: MCL-998, SERIAL DE CARROCERIA: 1T19MJV112985, SERIAL DE MOTOR: MJV112985, al considerar que éste es el legí.....