DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Control No. 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República por Autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA y la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con los artículos 318 numeral 3º en concordancia con el articulo 48 numeral 6º del Código Orgánico Procesal penal a favor de los ciudadanos LUIS ELGELBERTH PAREDES SUAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.717.579, y ANA CAROLINA AGUILAR titular de la cédula de identidad No 8.032.154. Asi mismo, como consecuencia de ello, SE DECLARA CON LUGAR por considerarse ajustado a derecho y en estricto apego a la disposición establecida en el artículo 115 de nuestra Carta magna y de conformidad a lo establecido en el articulo 585 del Código de Procedimiento Civil, el LEVANTAMIENTO DE LAS MEDIDAS JUDICIALES PRECAUTELATIVAS O INNOM.....