En consecuencia y con base a lo anteriormente señalado, éste Tribunal de Control No 4 del Circuíto Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DISPONE, la exención de tasas por concepto de retención del bien automotor ya identificado al ciudadano RAUL AMADO RIVAS PEÑALOZA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No 8.027.327 o a su representante legal, abogada Ruth Geraldine Ruíz Durán, y en tal sentido, Se Acuerda oficiar al Estacionamiento Grúas Satelite de la ciudad de Mérida a los fines de dar cumplimiento a la presente resolucion judicial.