Por las razones de hecho y de derecho, precedentemente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo penal en funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: Único: Ordena el sobreseimiento de la presente causa, en lo que respecta únicamente al imputado JAVIER ENRIQUE BRICEÑO MÁRQUEZ por delito de HURTO CALIFICADO. En consecuencia, ordena la terminación del procedimiento y por ende, la cesación de la medida cautelar sustitutiva hasta ahora vigente en relación a los mencionados acusados. La presente decisión tiene fundamento jurídico en los Artículos 2, 26, 253 y 257 Constitucional; Artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 48. 6, 318.3, 319, 320, 321, 323 y 324 COPP. Artículo 455 del Código Penal. Las partes fueron debidamente notificadas de al dispositiva de la decisión en la audiencia del día de hoy, razón por la cual no se requiere nueva notificación. Cúmplase.....