CAPITULO VI
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la republica y por autoridad de la ley decide: Primero: Condena a la Ciudadana BETZABETH JOHANA LACRUZ (identificada en autos) a cumplir la pena de NUEVE AÑOS DE PRISIÓN, como autora voluntaria y responsable del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE. Pena esta que tentativamente vence en fecha veintidós de marzo de dos mil dieciséis (22/03/2016) y que deberá ser cumplida en el Centro Penitenciario Los Andes, con sede en san Juan de Lagunillas Estado Mérida, hasta que el Tribunal de Ejecución, fije el lugar de cumplimiento definitivo de la condena. Segundo: Impone a la acusada de autos las penas accesorias de 1º La Inhabilitación política mientras dure la pena; y 2º La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine.....