Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Constitucional de Juicio nro. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Con fundamento a lo previsto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE AMPARO CONSTITUCIONAL, cuya acción fuera interpuesta por el Abogado IVAN ENRIQUE VIELMA VARELA, presuntamente en su carácter de apoderado judicial del pretendido agraviado; ciudadano BERALDO SEGUNDO VARGAS PARRA, en contra del presunto agraviante; Abogado MANUEL ANTONIO CASTILLO; en su condición de Fiscal Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, donde se den.....