Por cuanto el Juez que suscribe, observa que por ante éste despacho cursa la causa penal signada con el nro. LP01-P-2004-000582 en contra del imputado JESUS ALBERTO ALBORNOZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad nro. V-17.662.940, por la presunta comisión del delito de: ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 457 del anterior Código Penal, en perjuicio del ciudadano JUAN FRANCISCO GOMEZ SUAREZ, y como quiera que se recibió de parte del Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio nro. 01 de éste mismo Circuito Judicial Penal, la causa penal identificada con el nro. LP01-P-2004-000617, contentiva de noventa y tres (93) folios útiles, seguida en contra del mismo imputado de autos, ciudadano JESUS ALBERTO ALBORNOZ CASTILLO, por la presunta comisión del delito de: ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 457 del anterior Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos HENRY ALEXANDER COLMENARES y JONATHAN DANIEL MORALES, una vez abocado el Juez al conocimiento .....