DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal de Juicio No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 2, 26, 30, 49, 83 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 129, 130.1, 131.2, 132 y 133 de la Ley Orgánica de Drogas, acuerda:----
PRIMERO: De conformidad con lo establecido en los artículos 130 numeral 1º , 131 numeral 2º, 132 y 133 de la Ley Orgánica de Drogas, se le impone al ciudadano: José Antonio Moncada Andrade, titular de la cédula de identidad N° V-15.295.322, una MEDIDA DE SEGURIDAD, consistente en la obligación de acudir por ante la Oficina Nacional Antidrogas (ONA), ubicada en la ciudad de Mérida Estado Mérida, a fin de recibir orientación .....