Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, es acordar en favor del ciudadano EUDES LOPEZ LOBO, una medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial de Libertad, consistente en este caso en Presentaciones Períodicas por ante este Tribunal, a través de la Oficina de Alguacilazgo, cada quince (15) días, contados a partir del momento en que se materialice la libertad, conforme lo previsto en el numeral 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 264 ejusdem. Notifiquese a las partes. Solicitese el traslado del ciudadano EUDES LOPEZ LOBO, mediante Boleta dirgida al Internado Judicial de San Juan de Lagunillas, para el día VIERNES 01-10-04, a las nueve horas de la mañana (9:00 a.m). Cúmplase.
EL JUEZ DE JUICIO N° 3
ABG. NELSON J. TORREALBA A.
LA SECRETARIA
En fecha _______, se cumplió con lo acordado, mediante Boletas de Notificación Nros. __________; y Boleta de Traslado _______.- .....