Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio nro. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Con motivo a que el día de hoy 30-01-2.007 es el día décimo cuarto (14°) sin que haya podido reanudarse el juicio oral y público en la causa seguida en contra de los acusados LUIS ENRIQUE APONTE BARRIOS y EDUARDO JOSÉ IZQUIERDO CESAR, por la presunta comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460 y 278 del anterior Código Penal, en perjuicio del ciudadano GERVIS TERECIO TORO y EL ORDEN PÚBLICO, éste Juzgado de Juicio, debe declarar que por la incomparecencia injustificada de los acusados a la audiencia de continuación del juicio oral y público fijada para el día 24-01-2.007, inevitablemente, el debate debe.....