DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley hace el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Niega la solicitud de decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de libertad, incoada por los abogados David Enrique Castillo Blanco, Eleazar León Morín Aguilera y Yolibeth Belandria Rosales, con el carácter de defensores del ciudadano Eliuth Jaimes Navarro, en virtud de que la medida a la cual ha sido impuesto desde el año 2016 no ha sobrepasado el tiempo establecido como pena mínima del delito imputado, siendo tal medida necesaria para resguardar las resultas del proceso.
Decisión que se fundamenta en los artículos 26, 30, 49, 51, 55 Constitucional; 157, 1, 9, 230, 232, 233, 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las par.....