SEXTO: Por cuanto en el presente caso se incautó: UN ARMA DE FUEGO, TIPO PISTOLA, DE COLOR PLATEADO, MANGO DE COLOR NEGRO, MARCA ERMA?WERKE, MODELO EP459, CALIBRE 9MM KURZ, SIGNADA CON EL SERIAL N° 002658 Y UNA CACERINA CONTENTIVA DE CUATRO CARTUCHOS SIN PERCUTIR, TRES CALIBRE 9 MM Y UNO CALIBRE 380 tal como se encuentra descrito en el respectivo formato de Cadena de Custodia, signado con el No. 205107, de fecha 30-01-05, correspondiente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Mérida, éste Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto expresamente en los Artículos 33 y 279 del Código Penal acuerda el DECOMISO O CONFISCACIÓN LEGAL de los mismos y ordena su remisión al Parque Nacional de Armas.--------------------------------------------------------------------------------------------
SEPTIMO: En cuanto a las Medidas Cautelares Sustitutivas impuestas por el Tribunal de Control a los precitados ciudadanos, de conformidad con lo previsto e.....