Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución No 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la LIBERTAD CONDICIONAL, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, al ciudadano ARAUJO ESCALONA JOHAN JOSÉ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 22.664.754, para ser cumplida hasta el día 29.08.2014, bajo el cumplimiento de las siguientes condiciones:
1. Presentarse cada 30 días en la Unidad Técnica del Estado Mérida.
2. Asistir puntualmente a las entrevistas con su delegado de prueba y cumplir las sugerencias que este le haga.
3. Informal cualquier cambio de residencia (presentar numero telefónico para su ubicación).
4. No ser aprehendido ni investigado por otro delito.
5. Mantenerse activo laboralmente.
6. Prohibición de salida del país.
7. Prohibición de acercarse a la victima y de sostener conversación por cualquier vía inclu.....