Por las razones anteriormente esgrimidas, éste Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 479, Ordinal 1° y 493 del actual Código Orgánico Procesal Penal, acuerda el beneficio de Suspensión Condicional De La Ejecución De La Pena a favor de la penada María Melinda García García, quien es de nacionalidad venezolana, de 27 de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.201.973, residenciada Sector Los Tendales, Mutuz, casa s/n, cerca de Agropecuaria Aurolasima, Pueblo Llano, estado Mérida, quien se encuentra actualmente en libertad, estableciéndose como régimen de prueba, el mismo tiempo de la pena impuesta por cuanto la prenombrada María Melinda García Garcia, en ningún momento ha sido detenida preventivamente, es decir, por un (01) año, seis (06) meses, veintiún (21) días y d.....