Decisión:
Por lo expresado anteriormente, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 31, 26, 43, 55 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara con lugar la solicitud presentada por el defensor Público Penal y como tal del penado Yurbi Arcángel Carrero Marquina, venezolano, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.874.412, soltero, y por ende, acuerda la transferencia para el Centro de Pernocta "Dra. Elena Aray", ubicado en Paraíso, al lado de la sede de la Cárcel de la Planta El Paraíso, Área Metropolitana de Caracas para que continúe la supervisión y seguimiento del penado antes mencionado.