PRIMERO: Que la penada, Yaneth Josefina Cardenas Plaza, fue juzgada en libertad, por cuanto se le otorgó una medida cautelar de presentación cada 15 días por ante este Circuito Judicial Penal, por lo cual no estuvo privado de su libertad, durante el proceso, faltándole por cumplir todo la pena, un equivalente a: TRES (03) AÑOS, DE PRISIÓN, .
SEGUNDO: Por otra parte la penada Yaneth Josefina Cardenas Plaza, por haber sido condenada a una pena de tres años, en procedimiento especial por admisión de los hechos, puede optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de conformidad con el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, con motivo a que los hechos por los cuales la penada resultó condenada ocurrieron después de la entrada en vigencia de la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, publicada en fecha 14/11/2.001, siempre y cuando la misma, reúna todos los requisitos exigidos en la citada disposición legal. Por tal motivo, se acuerda solicitar los antecede.....