En base a las circunstancias antes expuestas este Juzgado de Ejecución N° 01 Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA EL TRASLADO DEL PENADO REINALDO YUMAR DAVILA, quien es de nacionalidad Venezolana, nacido el 21-3-69, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad Nº V-11.275.555, los días 15 al 19 de Noviembre del 2004, desde el Centro Penitenciario de la Región Andina, con las seguridades del caso (custodia de efectivos de la Guardia Nacional), hasta el Internado Judicial de Barinas del estado Barinas, a los fines de participar en los Juegos Zonales de Voleibol, fútbol de salón y dominó, por cuanto su participación en actividades deportivas influyen positivamente en su rehabilitación y en nada afecta el cumplimiento de la pena, por consiguiente una vez culminada dichas actividades deberá ser reingresado nuevamente a su sitio de reclusión, ello de conformidad con lo establecido en los artículos 7, 61, 62 litera.....