Por las fundadas razones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 479, Ordinal 1° y 553 del actual Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 488 del anterior Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA LA FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE LIBERTAD CONDICIONAL QUE FUERA SOLICITADA POR EL PENADO JUAN CARLOS MENDEZ ROA, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, soltero, obrero, nacido el 03-2-75, titular de la cédula de identidad nro. V-13.283.164, quien se encuentra actualmente cumpliendo con el Destacamento de Trabajo en el Centro de Pernocta ¿José María Olaso¿, la cual deberá cumplir hasta el día que concluya la totalidad de la pena que le fuera impuesta, salvo que solicite y se le acuerde el beneficio de Confinamie.....