En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD AL IMPUTADO FRANKLIN DARÍO SÁNCHEZ RIOS, anteriormente identificado, por considerar llenos los extremos exigidos en los artículos 250, Ordinales 1°, 2°, 3° y 251, Ordinales 1°, 2°, 3° y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, en concordancia con el artículo 44, Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASI SE DECIDE. Se ordena su reclusión en el Internado Judicial de la Región Los Andes, situado en la población de San Juan de Lagunillas del Estado Mérida.
Se ordenó librar la correspondiente boleta de encarcelación, anexa a oficio dirigido al Director de la Comandancia General de Policía del Estado Mérida.
Por cuanto se acordó la práctica del reconocimien.....