DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control No. 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DESESTIMACIÓN DE LA CAUSA, que interpuso la fiscal (A) adscrita a la Fiscalía Séptima en colaboración con la Fiscalía Décimo Séptima del Ministerio Público de ésta Circunscripción Judicial, en relación a investigación penal seguida contra el ciudadano EMIRO CONTRERAS SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V- 10.850.009, por cuanto los hechos objeto del proceso no revisten carácter penal Y ASI SE DECIDE. En consecuencia ordena la devolución de las actuaciones al Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal, en la oportunidad legal correspondiente. Notifíquese a las partes.