este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO; En cuanto a lo solicitado por la Representante Fiscal y por la Defensa Privada, en relación a que se mantenga la medida cautelar sustitutiva de la privación de libertad y se amplíe la misma, se acuerda mantener la medida cautelar de presentación periódica por ante este Tribunal, acordada al ciudadano ROLANDO GUTIERREZ CONTRERAS en fecha 24-12-2006, contenida en el artículo 256, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, y se amplia la misma de QUINCE (15) a cada TREINTA (30) DÍAS, por cuanto el referido ciudadano se encuentra residenciado en la ciudad de Caracas, lugar donde igualmente labora. SEGUNDO; Oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación El Vigía, a los fines de que remita a la.....