Por las razones y fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado de Control Nº 01 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: 1º) Hacer la entrega en calidad de depósito de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal de los siguientes objetos: 01.- Cuatro (04) trozos de Chasis, de vehículo automotor, los cuales presentan cortes de bordes irregulares, adheridos a los cuales presentan partes componentes de instalaciones eléctricas y otras partes de menor importancia, uno de estos trozos, presenta en uno de sus bordes inscrito en bajo relieve, la numeración 8ZCP7H1J4XV314678. 02.- Un (01) pieza metálica, con dos partes de goma, la cual conforma la base de un motor de vehículo automotor, se observa en regular estado de conservación. 03.- Dos (02) Trozos metálicos de cuarenta centímetros de longitud, los cuales corresponden a extremos de chásis de vehículo automotor, con un corte de forma irregu.....