Así las cosas, ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: El SOBRESEIMIENTO de la presente CAUSA, por prescripción de la Acción Penal, en aplicación de los artículos 318 numeral 3º y 48 numeral 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 108 ordinal 5º del Código Penal, a favor del imputado ciudadano SERGIO ENRIQUE ROSALES ESCALANTE, titular de la cédula de identidad Nº 13.281.030, venezolano, de 26 años de edad, soltero, fecha de nacimiento 21-01-73, residenciado en La Tendida, Sector San Rafael, vía San Simón S/N Estado Táchira, por el delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2 por ser referido al artículo 417 ambos del Código Penal Vigente, para el momento de los hechos, en perjuicio de los adolescentes, LUI.....