En virtud de lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, al ciudadano BENJAMIN DIONICIO BOLAÑOS TURRIZO, titular de la cédula de identidad Colombiana N° C-9.266.902, residenciado en el sector Caño Muerto, vía a Santa Bárbara, Estado Zulia, por la comisión del delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal; en perjuicio del ciudadano ANGEL EMIRO VERA RAMIREZ, titular de la cédula de identidad N° 9.351.695, residenciado en la Agropecuaria La Cordanza, Kilómetro 15, vía el Chivo, Los Naranjos, Estado Mérida; por haber prescrito la acción penal, conforme a lo establecido en los artículos 108 ordinal 5 ejusdem, y 318 numeral 3, en concordancia con el artículo 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal.
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