EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ESTE TRIBUNAL DE CONTROL N° 01 EXTENSIÓN EL VIGIA, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Se desprende de los elementos de convicción y motivada ello SE DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA en contra del imputado JOSE RAMON MONTOYA AVILA, conforme al artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a un Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 248 del COPP, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, cometido en perjuicio de la ciudadana Ernestina Gómez Sánchez.2.- En cuanto a la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, este Tribunal impone al ciudadano José Ramón Montoya Avila la medida establecida en el artículo 256 numeral 3 del COPP, consistente en presentaciones cada treinta (30) días por ante la Prefectura del Municipio Caracciollo Parra y Olmedo del Estado Mérida, con.....