DISPOSITIVA LP11-P-2010-002766
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 4, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 4 ° del Código Orgánico Procesal Penal, seguida a por el delito de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de JOSÉ ELPIDIO LABRADOR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.294.200. Notifíquese a las partes. Con respecto a los familiares de la víctima, se ordena su notificación en la forma prevista en el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, “en las puertas del tribunal y copia de ella será agregada a la causa” ya que la dirección de ellos no cursa en las actuaciones. Remítase en su oportunidad legal al Archivo Judicial del Estado Mérida, .....