DISPOSITIVA
Por razones expuestas, este Tribunal de Control N° 5 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 Ordinal 8vo Ejusdem y Artículo 108 Ordinal 5° del Código Penal, en la causa seguida a SMIRNT NAYIBE NIÑOS SALINA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 9.394.546 por el delito de Emisión de Cheques sin provisión de Fondo en perjuicio LUISA ELENA BOSCAN BORREGO. Notifíquese a las partes, al Fiscal del Ministerio Público, a la Defensa. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Mérida Extensión El Vigía. Cúmplase.