DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 5, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Se deja sin efecto la realización de la Audiencia que estaba fijada para el día 7 de Marzo de 2006. SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3 ° en concordancia con el Artículo 48 ordinal 1°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano GERSON JOSUÉ ANDRADE RUIZ, quien era Venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 14-04-1980, casado, dice ser titular de cédula de identidad V.-14.762.657, de profesión comerciante, hijo de Esperanza Ruiz (v) Jesús Andrade(v) por el Delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 278 del Código Penal vigente para la época de los hechos. Notifíquese a las partes. A Familiares de GERSON JOSUÉ ANDRADE RUIZ. TERCERO: Se confisca el Arma incautada e.....