Este Tribunal en funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: De conformidad con el artículo 28 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR, la solicitud del ciudadano TOMÁS ANTONIO ROJAS RANGEL, cédula de identidad N° 2.050.522, residenciado en La Inmaculada, calle 9, casa N° 13-57, El Vigía, Estado Mérida; en cuanto a que se excluya de pantalla del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Vigía, como vehículo recuperado sin entregar, el automotor con las siguientes características: placa: 607VBN, serial de carrocería: AJF1DT47742, clase: camioneta, marca: Ford, modelo: F-150, serial de motor: 6 Cilindros, tipo: Pick Up, uso: carga; el cual fue entregado a dicho ciudadano por parte de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público en fecha 14-03-2001, librándose para la .....