Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se admite la acusación presentada por la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público, en contra del acusado ALGIMIRO BRICEÑO TORRES, venezolano, de 24 años de edad, cédula de identidad Nº V-18.208.891, nacido en Tovar Estado Mérida en fecha 03-05-1988, profesión: Técnico Superior Universitario en Construcción Civil, nacido, residenciado en Tovar, urbanización Los Educadores, calle principal, El Llano, casa N° 24-22, Tovar del Estado Mérida, de estado civil: soltero, de oficio: comerciante, hijo de Carmen Rafaela Briceño(f) y de padre desconocido, teléfono móvil 0416-9736000; por el delito de ACOSO u HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 en concordancia con el artículo 15 numeral 2 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una.....