En el presente caso, aunado a los señalamientos anteriormente expuestos, se evidencia que el solicitante no consignó documento autenticado que lo acredita como comprador de la moto incautada, además no consignó el título idóneo, esto es, el Certificado de Registro emitido por el Servicio de Transporte y Tránsito Terrestre (SETRA), adscrito al Ministerio de Infraestructura; no comprobando en consecuencia ante este Tribunal, la titularidad del derecho de propiedad que dice poseer sobre el vehículo (moto) que reclama, y ante tales observaciones considera quien decide que lo ajustado a derecho es NEGAR LA ENTREGA DEL VEHÍCULO solicitado por el ciudadano ANTONIO RAMÓN BLANCO JUNCO.
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de entrega del vehículo marca: Yamaha, modelo: 115VT, clase: Mo.....