SE DECRETA LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA DEL IMPUTADO JOSE WUILFIDO PIÑUELA CASTILLO, por la presunta comisión del delito de: ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMA NATURALES, previsto y sancionado en el artículo 58 de la Ley Penal del Ambiente y en franca violación a los establecido en la Resolución N° 217 emanada del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Publicado en Gaceta Oficial N° 38.443 de la República Bolivariana de Venezuela de fecha 24-05-2006, relativo a la prohibición en todo el Territorio Nacional de explotación, aprovechamiento y cualquier tipo de actividad de intervención de producto forestal (Cedrela Odorata), cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. Librese las vorrespondientes boletas y oficios.