ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de ROMULO REMOLINA DUARTE, venezolano, de 31 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° E.-82.105.135, residenciado en la calle 05, avenida 11 y 12 galpón 02, Valera, Estado Trujillo, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, en concordancia con los artículos 422 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en concordancia con el artículo 415 ejusdem, cometido en perjuicio de ROMULO REMOLINA DUARTE, antes identificado, MARIELA DE REMOLINA RINCON, venezolana, de 30 años de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° 10.748.209, residenciada en la calle 05, avenida 11 y 12 galpón 02, Valera, Estado Trujillo, CARLOS CASTRO, venezolano, de 31 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 10.909.741, residenciado en la c.....