Punto Previo: El tribunal como punto previo, deja constancia que en la audiencia preliminar, el defensor privado no opuso nulidades ni excepciones ni ratificó el escrito inserto a los folios 168 y 169. No obstante, respecto a las mismas el tribunal se pronunciará en el auto de apertura a. Respecto a la exención planteada por la defensa, con fundamento en el artículo 66 de la Ley Penal del Ambiente, argumentando que su representado es un campesino; dado que tal condición de campesino, una vez acreditada, deberá hacerse valer a los fines de las penas, no siendo por tal motivo procedente en esta fase del proceso. Primero: De conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal; se admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público, en contra del investigado David Acevedo Pernia Pabon, antes identificado, por la comisión del delito de Actividades en Áreas Especiales o Ecosistema Naturales, en perjuicio de la colectividad. Segun.....