ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de HERMELINDA FERNÁNDEZ MOLINA, venezolana, de 31 años de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 13.677.432, residenciada en el Barrio El Bosque, calle 3, casa 0-95, El Vigía, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, en concordancia con los artículos 415 del Código Penal Venezolano, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio de LISETH COROMOTO FERNÁNDEZ MOLINA, venezolana, de 13 años de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 19.900.216, residenciada en La Urbanización José Antonio Páez, Sector 2, Bodega La Barbosa, El Vigía, Estado Mérida.