ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de GERARDO JOSÉ POLANCO DÍAZ, venezolano, de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.892.704, residenciado en la Urbanización La Pedregosa, calle principal, casa N° 2-251, El Vigía, Estado Mérida, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, en concordancia con el artículo 17 de la LEY SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio de ALBA MAGALY MORALES LIZARAZO, venezolana, casada, secretaria, titular de la cédula de identidad N° 9.203.553, residenciada en La Urbanización La Pedregosa, calle principal, casa N° 2-251, El Vigía, Estado Mérida.