ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de JOSE TRINIDAD MARTINEZ, venezolano, de 63 años de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 1.705.058, residenciado en el Barrio Bolívar, calle uno orilla el caño, al lado de la Panadería Aeropuerto El Vigía, Estado Mérida, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 1° del Código Penal Vigente para la fecha de la perpetración del hecho punible, en concordancia con el artículo 418 ejusdem, cometido en perjuicio de CUBA GUILLEN RODOLFO, venezolano, de 07 años de edad, soltero, estudiante, indocumentado, residenciado en el Barrio Bolívar calle uno ciega, casa sin número, detrás de la Panaderia Aeropuerto, El Vigía, Estado Mérida.
Notifíquese a las partes la presente decisión. Con respecto al Imputado y la víctima, se orde.....