Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control No. 07 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra el ciudadano CRISTOBAL ANTONIO ROJAS GARCIA, indocumentado, residenciado en el Sector El Quebradón, Vía Panamericana, frente al Destacamento de la Guardia Nacional, casa No. 03, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO previsto y tipificado en el artículo 454, ordinal 5° del Código Penal(1964) en perjuicio de la ciudadana ALBA MARGARITA TERAN GARCIA, titular de la cédula de identidad No. V-9.198.573, residenciada en el Sector El Quebradón, frente al Comando de la Guardia Nacional casa sin número, Estado Mérida.
Notifíquese a las partes la presente decisión. En cuanto a la victima e imputado notifíqueseles de.....