ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de SANTIAGO RUBEN GARCIA, Venezolano, de 52 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.379.248, residenciado en el Sector Las Inavi, frente al kinder, GLESSON AMADO BRICEÑO RIOS, Venezolano, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.871.851, residenciado en Santa Elena de Arenales, entrada a la CTV, y RENE MEDINA MORALES, colombiano, de 21 años de edad, indocumentado, residenciado en Santa Elena de Arenales, entrada a la CTV, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previstos y sancionados en los artículos 454 ordinal 8º y 472 ambos del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de HENRY LENIN COLMENARES VIVAS, venezolano, de 23 años de edad, soltero, estudiante, titular de la cédula de identidad Nº 12.356.906, residenciado en el Barr.....