Por tales motivos, considera quien aquí juzga que está ajustado a derecho el pedimento formulado por las Fiscales del Ministerio Público de que se otorgue el Sobreseimiento en la presente causa, en consecuencia ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO EN LA PRESENTE CAUSA de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el Artículo 49 ordinal 6° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ya que el hecho aquí ocurrido no es Típico por cuanto no está Tipificado como delito en nuestra legislación, Y ASÍ SE DECIDE. Notifíquese las Fiscales del Ministerio Público de la presente decisión, así como a la Víctima (s) por extensión, y si no es posible su notificación p.....