ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Conforme a los artículos 330, numeral 2° y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público, contra el acusado JORGE EDUARDO MÁRQUEZ VERA, venezolano, de 28 años de edad, soltero, electricista titular de la cedula de identidad N° 14.962.987, natural de El Vigía Estado Mérida, nacido en fecha 28-06-80, hijo de JOSÉ MÁRQUEZ (v) y CIRIA PÉREZ (V), residenciado en el Barrio Sur- América, calle 3 con avenida 2, casa 1-75, en construcción, El Vigía, Estado Mérida, por la presunta comisión de de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la ley Orgánica Sobre el derecho de .....