En consecuencia, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD al imputado: WILLIAM ALEXANDER HERNANDEZ, Colombiano, de 36 años de edad, soltero, comerciante informal, natural de Cúcuta, República de Colombia, portador de la cédula de identidad N° E-83.623.060, domiciliado en el Sector El Baño de Motatán, Calle Principal, al frente de la piscina de las Aguas Termales, casa pintada de color amarillo, con puertas de color blanco, Municipio Motatán del Estado Trujillo, de presentación periódica cada OCHO (08) días, por ante la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, por considerar llenos los extremos exigidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, en concordancia con .....