Este Tribunal de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, fundamenta en los siguientes términos:
PRIMERO: De conformidad con el artículo 318 numeral 3 del COPP, en concordancia con el artículo 48 numeral 7 eiusdem, DECLARÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano JOSÉ TRINIDAD OLIVO NIÑO, supra identificado, motivado a la extinción de la acción penal, por cumplimiento de las obligaciones y del plazo de la Suspensión Condicional del Proceso, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana ZORAIDA JOSEFINA MONCADA VERGARA, venezolana, de 39 años, Cédula de Identidad N° 8.085.799, Lic. En Educación Preescolar. Hechos: En fecha 20 de noviembre de 2006, siendo las 8:15 horas de la noche se encontra.....