Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE JUICIO N°-02, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: NIEGA la solicitud de Medida Sustitutiva de Libertad, hecha por la Abogada SHEILA ALTUVE, a favor de su defendida Ciudadana MARIA ZENAIDA RIVAS, antes identificados, por las razones anteriormente señaladas. ASI SE DECIDE. Notifíquese al solicitante y a la acusada. Se fundamenta la presente decisión en los Artículos 2, 26, 29, 51, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en los Artículos 250, 251, 252, 253 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. PUBLÍQUESE Y DEJESE, copia para el archivo del Tribunal. DADA, SELLADA Y FIRMADA, en el despacho del Juez de Juicio N°- 02, de este Circuito Judicial, del Estado Mérida, extensión el Vigía a los Diez Días del M.....