este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO. 1) Se decreta la Nulidad de conformidad con lo establecido en los artículos 190,191,195 y 196 del COPP de las siguientes actuaciones: 1) Del auto de apertura a Juicio inserto desde los folios del 343 al 349. 2). El Acta de Audiencia Preliminar inserta desde los folios del 332 al 341. 3) La Acusación Fiscal inserta desde los folios 222 al 235. Dejándose intactas y con pleno vigor, todas y cada una de las diligencias de investigación practicadas, así como las demás actuaciones que integran la presente causa, como se señalo en el texto de esta decisión. SEGUNDO. Se acuerda que la ciudadana Fiscal del Ministerio Público deberá realizar el acto de imputación formal a los ciudadanos NÉSTOR ALEXANDER VIOLA SOSA Y LEONARDO ALEXANDER SÁNCHEZ POLANCO, como lo ha.....