En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 407 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA: Notificar a la ciudadana MARINA EMILIA GODOY BALLESTEROS y a su Abogado Asistente RAMON ENRRIQUE GUEVARA JAIMES para que el plazo de Cinco días hábiles contados a partir de la fecha de la presente decisión, sea Subsanada la presente acusación, corrigiendo los defectos expresamente señalados. Así decide. Cúmplase. Líbrese las respectivas Notificaciones.