DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía constituido en forma Mixta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: UNICO: Declara la Nulidad Absoluta del Acta de Inicio de Juicio Oral y Público de fecha 04 de Febrero de 2010 inserta a los folios 283 al 289 en la causa que se le sigue al ciudadano DIONY SOTO DAVILA por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES O INNOBLES EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal en armonía con los artículos 405 y 83 ejusdem, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 190 y 191 de la norma adjetiva penal vigente, por violación de los artículos 21, 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia las de.....