DISPOSITIVA:
Con fuerza en la motivación precedente, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Vista la admisión de los hechos realizada a viva voz y en forma voluntaria por el acusado procede este Juzgado a imponer inmediatamente la pena de conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal penal, CONDENA al ciudadano NAUDY ALBERTO APONTE, venezolano, de 22 años, natural de Maracay Estado Aragua, nacido en fecha 04-11-1987, soltero, mesonero en un Restauran ubicado en Santa de Arenales al frente del Banco Fondo Común, titular de la cédula de identidad Nº V-18.855.528, residenciado en el sector Los Apartamentos, Bloque 15, piso 2 de la población de Santa Elena de Arenales Estado Mérida, en casa de una tía de nombre Soraya Rondó.....